El proyecto estilos de vida saludables se ha soportado en la reglamentación de la Ley 115 de 1994- Ley General de Educación, la ley 100 de 1993 que reforma el Sistema de Seguridad Social, la ley 99 de 1993 denominada Ley del medio ambiente.
Las políticas y lineamientos de la organización mundial de la salud. OMS. que define los estilos de vida saludables como "la percepción que un individuo tiene de su lugar en la existencia, en el contexto de la cultura y del sistema de valores en los que vive y en relación con sus objetivos, sus expectativas, sus normas, sus inquietudes".
El artículo 52 de la Constitución Política de Colombia, establece que “el ejercicio del deporte sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas además de preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano”. La Ley del Deporte, Ley 181 de 1995, artículo 2 señala como objetivo especial, la creación del Sistema Nacional del Deporte, la recreación el aprovechamiento del tiempo libre, la educación extraescolar y la educación física.
La Ley General de Educación, Ley 115 de 1994, la cual se encuentra compilada en el Decreto 1075 de 2015. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación, define la educación como un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes; señala las normas generales para regular el Servicio Público de la Educación que cumple una función social acorde con las necesidades e intereses de las personas, de la familia y de la sociedad. Se fundamenta en los principios de la Constitución Política sobre el derecho a la educación que tiene toda persona, en las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra y en su carácter de servicio público.
Desde el Decreto 1075 de 2015 se destacan los siguientes aspectos relacionados con el sector salud y educación:
- En relación con el contenido del reglamento o manual de convivencia este debe contemplar las reglas de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad educativa y la conservación individual de la salud.
- Como parte de las funciones del consejo de padres de familia se contempla la colaboración en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.
Ley 9 de 1979. “Por la cual se dictan Medidas Sanitarias que incluyen aquellas que aplicarían a las instalaciones de los establecimientos educativos”. El Título IV Saneamiento de Edificaciones establece las normas sanitarias para la prevención y control de los agentes biológicos, físicos o químicos que alteran las características del ambiente exterior de las edificaciones hasta hacerlo peligroso para la salud humana. Para los efectos del saneamiento de las edificaciones, en la clasificación se encuentran: Establecimientos educativos y cuartelarías.
Ley 1549 de 2012 fortalece la institucionalización de la Política Nacional de Educación Ambiental, desde su instalación efectiva en el desarrollo territorial, a partir de la consolidación de estrategias y mecanismos en ámbitos locales y nacionales en materia de sostenibilidad, en escenarios intra, interinstitucionales e intersectoriales del desarrollo nacional; y en el marco de la construcción de una cultura ambiental para el país.
Se define la educación ambiental como un proceso dinámico y participativo, orientado a la formación de personas críticas y reflexivas, con capacidades para comprender las problemáticas ambientales en sus contextos (locales, regionales y nacionales); al igual que para participar activamente en la construcción de apuestas integrales (técnicas, políticas, pedagógicas y otras), que apunten a la transformación de su realidad, en función del propósito de construcción de sociedades ambientalmente sustentables y socialmente justas.
LEY 1355 DE 2009 Por medio de la cual se define la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas a esta como una prioridad de salud pública y se adoptan medidas para su control, atención y prevención.
Resolución 1841 de 2013. Plan Decenal de Salud Pública – PDSP 2012-2021, le apuesta al abordaje integral de los determinantes sociales en salud y plantea en su Dimensión de Salud Ambiental, el componente de Hábitat Saludable cuenta con la estrategia: […] ”f. Estrategia de Entornos Saludables: busca contribuir a la seguridad humana, el desarrollo humano sustentable y la equidad en salud, mediante acciones que influyan sobre los determinantes de la salud bajo esquemas operativos participativos organizados alrededor de entornos específicos, como la vivienda, la escuela, el espacio público, el entorno laboral, ecosistemas estratégicos sostenibles, y bajo enfoques que privilegian a la familia y la comunidad.”
Resolución 0429 de 2016; Por medio de la cual se adopta la Política de Atención Integral en Salud, desarrollando un marco estratégico y operativo con el fin de generar condiciones de la salud de la población. En el marco operativo se establecen los componentes del Modelo Integral de Atención en Salud donde se define la Regulación de Rutas Integrales de Atención en Salud, RIAS. Las RIAS son una herramienta obligatoria que define a los integrantes del Sector salud (Entidad territorial„ EAPB, prestador) y de otros sectores, las condiciones necesarias para asegurar la integralidad en la atención a partir de las acciones de cuidado que se esperan del individuo, las acciones orientadas a promover el bienestar y el desarrollo de los individuos en los entornos en los cuales se desarrolla, así como las intervenciones para la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación de la discapacidad y paliación.
Por lo cual, en la Resolución 3280 de 2018 “Por medio de la cual se adoptan los lineamientos técnicos y operativos de la Ruta Integral de Atención para la Promoción y Mantenimiento de la Salud - RPMS y la Ruta Integral de Atención en Salud para la Población Materno Perinatal y se establecen las directrices para su operación”. Para la implementación de las intervenciones colectivas se deberán ejecutar de manera integrada e integral en el entorno educativo, trascendiendo el abordaje por temas o intervenciones separadas o aisladas.
Las intervenciones en este entorno son un conjunto de procedimientos y actividades que buscan el bienestar y protección de la salud de la comunidad educativa, con el objetivo de desarrollar o fortalecer factores protectores para la salud e identificar y gestionar el riesgo en salud de los integrantes de la comunidad educativa.
2. GENERALIDADES
2.1. Estrategia Escuela Saludable en Colombia
En el año 1997 el MSPS acogió la iniciativa regional de “Escuelas promotoras de la salud” impulsada por OPS/OMS desde 1995, la cual empieza a ser discutida con otros sectores, suscribiendo en el año 1999 un acuerdo entre MSPS, el MEN, el ICBF junto con la OPS/OMS para desarrollar la “Estrategia Escuela Saludable, la alegría de vivir en paz”, constituyéndose en la primera política pública de la región de las Américas en impulsar acciones de promoción con escolares.
Todo este proceso fue recogido en el año 2006, en el documento “Lineamientos nacionales para la aplicación y desarrollo de las estrategias de entornos saludables” (MPS/OPS, 2006) con una apuesta fuerte por la articulación intrainstitucional. La estrategia de escuela saludable se define como una estrategia de promoción, prevención y protección de la salud con enfoque diferencial en el ámbito escolar, que actúa como mecanismo articulador de intereses, voluntades y recursos intersectoriales, orientados a aumentar la capacidad y oportunidades de los miembros de las comunidades educativas para mejorar la salud, el aprendizaje, la calidad de vida y las oportunidades de desarrollo humano y social.
A partir del primer taller de la Mesa Técnica de Entornos Saludables de la CONASA en septiembre del año 2014 se generó el grupo de Entornos del Ministerio de Salud y Protección Social donde se articulan las subdirecciones y grupos de la Dirección de Promoción y Prevención y la Subdirección de Riesgos Laborales, para analizar, discutir y generar la propuesta de resignificación de la Estrategia.
En el año 2015 se genera la versión de un documento que retoma cuatro entornos, incluido el educativo, y que se proyecta como base para que los lineamientos trasciendan de la vivienda al hogar saludable, de la escuela al entorno educativo saludable, y se amplíen a los entornos laborales y comunitarios saludables, consolidando conceptos y componentes operativos.
LEY 2021 del 30 de julio del 2021
"Por medio de la cual se adoptan medidas para fomentar entornos alimentarios saludables y prevenir enfermedades no transmisibles y se adoptan otras disposiciones"
ORDENANZA No. 032 DE 2009. “POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTA LA POLÍTICA PÚBLICA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL EN EL DEPARTAMENTO DEL HUILA Y SE TOMAN OTRAS DISPOSICIONES”.

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